La Justicia Federal de San Martín frenó el tarifazo de luz en todo el país

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Lo decidió el Juzgado Federal 2 de San Martín después de un pedido de tres vecinos de Tres de Febrero al que se sumaron un centro de estudios y Consumidores Argentinos, constituyendo el reclamo como «acción colectiva». La medida suspendió la aplicación de la suba del servicio de electricidad en toda la Argentina.

La justicia de San Martín determinó la suspensión del tarifazo a la luz en todo el país. Lo hizo a través de una decisión del Juzgado Federal 2 de ese distrito, que ordenó al «Estado Nacional la inmediata suspensión de los efectos de las Resoluciones nro. 6/2016, 7/2016 del Ministerio de Energía y Minería de la Nación y 1/2016 del ENRE., y ordenando a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO (CAMMESA), que se abstenga de aplicar el nuevo cuadro tarifario aprobado por la primera de las resoluciones citadas, respecto de todas las distribuidoras del país hasta tanto se realice la correspondiente audiencia pública».

La jueza federal de San Martín, Martina Isabel Forns, dispuso el freno a los aumentos tarifarios de los servicios de electricidad «a todas las distribuidoras del país». De esta manera, hizo lugar a sendos amparos presentados por el Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad (CEPIS) y la asociación Consumidores Argentinos, que funcionaron como ampliación hacia el plano nacional de las suspensiones pedidas por tres vecinos de la localidad bonaerense de Tres de Febrero.

La suspensión decidida por Forns «en modo alguno significa adelantar criterio sobre el fondo de la cuestión», que debe determinar la Corte Suprema, y fue resuelta ante la ausencia del «requisito constitucional» de la audiencia pública y los «exorbitantes, desproporcionados» aumentos dispuestos en las resoluciones.

«La audiencia pública no sólo resulta un requisito constitucional, haya o no norma que la establezca en materia de modificación de tarifas, sino que máxime que las aplicadas con las resoluciones atacadas por el amparista constituyen ‘prima facie’ ajustes exorbitantes, desproporcionados y fuera de la realidad económica actual de los ‘clientes cautivos», afirmó la magistrada en su fallo.

Además, consideró que «la no realización de las Audiencias públicas, configura la violación del elemento forma del acto administrativo, al no haberse cumplido con los elementos esenciales previstos para la emisión del mismo».

En su fallo, la magistrada ordenó a la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico (CAMMESA) «que se abstenga de aplicar el nuevo cuadro tarifario» surgido de las resoluciones 6 y 7 del Ministerio de Energía y 1 del ENRE, a las que consideró suspendidas

La jueza dio tres días de plazo a partir de la notificación al Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) y al Ministerio de Energía para que presenten “un informe que dé cuenta del interés público comprometido por la solicitud” y para que indiquen “ sobre la existencia o no de alguna situación de excepción respecto a la situación en que se encuentran los clubes de Barrio y Pueblo, cooperativas y entidades de bien público”.

Mientras que eso ocurre, ordenó al ENRE que ejecute las medidas necesarias para cumplimentar con la cautelar: “Comunicar a todos los agentes distribuidores y prestadores del servicio público del servicio de distribución de energía eléctrica del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) la medida dispuesta».

Asimismo, la suspensión del tarifazo a la luz determinada por la justicia de San Martín incluyó la orden de «suspender el cobro de las facturas emitidas como resultado de la aplicación del nuevo cuadro tarifario, y liquidar las facturas respectivas a los valores vigentes con anterioridad a las resoluciones referidas», y que, en el caso de los usuarios que ya hayan pagado, se tome ese dinero «a cuenta» para luego ser reintegrado en las próximas boletas.

También advirtió que las empresas «deberán abstenerse de realizar cortes de suministro por falta de pago, con fundamento en la normativa suspendida”.

Tras la constitución de los reclamos del CEPIS y de Consumidores Argentinos, esta decisión judicial se suma a la de la Cámara Federal de La Plata, que hace casi un mes suspendió por 90 días la instrumentación de los aumentos en la tarifa de luz en las áreas operadas por las empresas Edenor y Edesur.