Media sanción en la Legislatura al proyecto que establece fuertes penalidades para los deudores alimentarios

La Cámara de Diputados aprobó y giró al Senado una iniciativa que contempla que aquellas personas que no cumplieren con ese tipo de obligaciones no podrán realizar operaciones bancarias, pedir la habilitación de comercios e industrias ni trabajar en el Estado

La Cámara de Diputados bonaerense aprobó y giró al Senado un proyecto de ley que establece fuertes penalidades para los deudores alimentarios, quienes, de no cumplir con sus obligaciones, «no podrán realizar operaciones bancarias, solicitar la habilitación de comercios e industrias o ser designados en cualquiera de los tres poderes del Estado provincial».

La iniciativa fue presentada por la legisladora Karina Nazabal (Frente para la Victoria) y busca modificar la ley 13074 de Registro de Deudores Alimentarios Morosos.

“Hemos dado un paso adelante en el fortalecimiento de los derechos de los menores, los ancianos y los enfermos”, dijo Nazabal, quien destacó los alcances del proyecto que deberá ser tratado en el Senado para convertirse en Ley.

Resaltó que “con la iniciativa se establece la obligación de requerir al Registro de Deudor Alimentario el libre deuda registrada”.

«Las obligaciones alimentarias surgidas del Código Civil deben entenderse como un deber ético pero de interés social y de orden público, por lo cual el estado debe generar todas las herramientas que estén a su alcance para garantizar el cumplimiento de las mismas”, finalizó.
El Senado actualmente tiene en tratamiento otra iniciativa similar, que busca que aquellas personas inscriptas en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos y en el Registro de Condenados por Delitos contra la Integridad Sexual no puedan trabajar en el Estado provincial.

La iniciativa, que fue presentada por la senadora María Cristina Di Rado (FpV), impide que el Èstado pueda contratar a hombres y mujeres que incumplan con el pago de la cuota alimentaria de sus hijos o que hayan sido condenados por el delito de abuso sexual.

«El incumplimiento frente a las obligaciones alimentarias expone en situación de riesgo a las partes más indefensas de las redes familiares, ya que las cuotas por alimentos según surge del Código Civil, son destinadas en su mayor parte a los menores, a los ancianos y a los enfermos, de allí su naturaleza eminentemente asistencial», explicó Di Rado.

La legisladora también propuso que se incluya en la prohibición, a condenados por delitos sexuales, “lo cual surge como consecuencia del incremento en el número de casos que se denuncia por los llamados delitos contra la integridad sexual”, explicó Di Rado.