El Gobierno informó que apelará al fallo contra la elección popular de consejeros
Anoche, la jueza María Servini de Cubría declaró la inconstitucionalidad de la elección popular de los integrantes del Consejo de la Magistratura. Esta mañana, Julio Alak confirmó que entre hoy el viernes el gobierno apelará la medida.
Julio Alak, confirmó hoy que el Gobierno apelará «entre hoy y el viernes» ante la Corte Suprema de Justicia el fallo de la jueza María Servini de Cubría respecto de la elección popular de los representantes del Consejo de la Magistratura.
«No queremos que se le cercene al ciudadano un derecho que le da la Constitución», indicó Alak al hablar con radio Continental.
«El Estado Nacional va a apelar el fallo» porque «declara inconstitucional una ley abstolutamente constitucional», agregó el titular de Justicia.
Sobre la modalidad del recurso, el ministro puntualizó que «lo estamos analizando», pero estimó que la apelación «debe ir por el lado del per saltum», que llevaría el caso directamente a la Corte Suprema de Justicia.
Asimismo, ante una consulta por los plazos electorales, el ministro dijo: «nosotros entendemos que la apelación suspende el efecto del fallo» de Servini de Cubría.
En otro orden, Alak opinó que «el pueblo argentino no quiere más intermediación, porque quiere elegir en forma directa» a los integrantes del Consejo de la Magistratura al igual que lo hace con otros representantes.
El fallo
Anoche, la jueza María Servini de Cubría declaró la inconstitucionalidad de la elección popular de los integrantes del Consejo de la Magistratura. Se trata de cuatro artículos de una de las leyes de reforma judicial que impulsó el Poder Ejecutivo. Hoy vence el término para presentar las alianzas para las Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias, y el próximo 22 de junio se deben presentar las listas con los precandidatos. La elección será el 11 de agosto, pero de sostenerse la decisión de Servini, no incluirá precandidatos a consejeros.
La jueza tiene competencia electoral para decidir sobre otras 16 causas en las que se pide exactamente lo mismo. La expectativa por el fallo comenzó el lunes, cuando Servini retornó al juzgado después de una licencia de una semana. Al no haber resuelto la acumulación por “conexidad” de todos los expedientes, su sentencia sólo se da en el marco de una de las causas, pero afecta las elecciones primarias de igual manera, suspendiendo la elección popular de los consejeros.
A partir de la sentencia en primera instancia sobre la inconstitucionalidad de la elección popular, el Estado quedó habilitado solicitar el “per saltum”, y que la Corte Suprema de Justicia realice una interpretación definitiva. De todas formas se ve afectada la reforma judicial, ya que hoy vencerán los plazos para presentar los frentes y las listas de candidatos.
Los jueces Ricardo Bustos Fierro, Esteban Furnari, Enrique Lavié Pico y Oscar Papavero, entre otros, dictaron medidas cautelares que impedían las elecciones “provisoriamente”, hasta que pudieran decidir sobre la constitucionalidad de la norma. La jueza Servini de Cubría no dio curso a las cautelares que le solicitaron, pero emitió su fallo declarando la inconstitucionalidad antes de la presentación de las candidaturas. Hoy debían presentarse los frentes electorales en su mismo juzgado, porque tiene competencia electoral.
La semana pasada, el juez Alejo Ramos Padilla desestimó una demanda de inconstitucionalidad “in limine”, es decir, en forma inmediata. La jueza Martina Forns también rechazó la solicitud de dos cautelares, y Bernardo Bibel se declaró incompetente y remitió un expediente a Servini. También hay 17 expedientes más en el fuero contencioso administrativo, que esperan una resolución.
Con esta declaración de inconstitucionalidad, se detendrá la modificación que permite que todos los ciudadanos habilitados para elegir presidente voten a los jueces, abogados y académicos que componen el Consejo de la Magistratura. Se trata de una reforma clave del paquete impulsado por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner para democratizar la Justicia, que buscaba romper con las prácticas corporativas en el Poder Judicial.
Hasta que se sancionó la ley, unos 700 jueces elegían a tres integrantes del Consejo, y alrededor de 20 mil abogados elegían otros dos miembros.
La ley amplió la composición sumando otro abogado y elevando el número de académicos o especialistas a seis, y sometiéndolos a todos ellos a la voluntad popular. Además, amplió el número de total de consejeros a 19. Estos cambios quedarán pendientes hasta que la Corte Suprema resuelva definitivamente si la norma es constitucional o no, y habilite o suspenda definitivamente la elección popular de consejeros.
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