Seguridad en clubes: rigen nuevos requisitos
Para ser responsable de seguridad de clubes de Primera División o B Nacional, los designados deberán “ser Oficial Jefe u Oficial Superior, retirado de las fuerzas de seguridad o policiales o Licenciados en Seguridad; o bien otro título terciario o universitario junto con el cual se deberá acreditar fehacientemente la idoneidad adquirida en el ejercicio de funciones similares o de formación pertinentes y acordes con el cargo”.
Además, los designados para cumplir tales funciones “no podrán ejercer cargos directivos en la entidad deportiva” y deberán actuar como enlace entre las instituciones y la autoridad policial.
En el resto de las categorías del ascenso, como la Primera B, C y D, el personal encargado de la seguridad alcanzará con ser “idóneo en la materia, debiendo acreditar tal condición en forma fehaciente”.
Según la resolución, “en ambos casos, las instituciones deportivas deberán comunicar al Ministerio de Seguridad los datos personales de los responsables de seguridad designados a fin de incluirlos en el Banco Nacional de Datos sobre Violencia en el Fútbol “.
Por último, el artículo 14 destaca que de no cumplir con lo dispuesto en la resolución, “el Comité de Seguridad en el Fútbol podrá solicitar su remoción a la Asociación del Fútbol Argentino”.