CNU: excarcelaron a Otero, uno de los condenados a perpetua
Se trata de uno de los tres integrantes de la Concentración Nacional Universitaria que había sido condenado a perpetua en 2016 por delitos de lesa humanidad.
La Cámara de Casación Penal dispuso la excarcelación de Fernando Alberto Otero, uno de los tres integrantes de la Concentración Nacional Uninersitaria (CNU) que fue condenado a la pena de prisión perpetua por delitos de lesa humanidad en el marco del primer juicio a civiles de Mar del Plata que finalizó en diciembre de 2016. Luego de que se unificaran dos condenas, los magistrados anularon el límite temporal de cumplimiento de 37 años y seis meses y lo fijaron en 25. En ese sentido, la defensa había solicitado su excarcelación por haber “purgado holgadamente dicho límite punitivo” al haber permanecido 27 años detenido.
La decisión fue tomada este martes por la sala II de la Cámara Federal de Casación Penal compuesta por la jueza Ángela Ledesma y los magistrados Guillermo Yacobucci y Alejandro Slokar. En concreto, la resolución hizo lugar a un recurso de casación presentado por la defensa oficial de Otero y dispuso, tras fijar el límite temporal de la pena de prisión perpetua en 25 años, concederle excarcelación a Otero “bajo las medidas de sujeción que el órgano jurisdiccional competente estime adecuadas”.
En la sentencia de diciembre de 2016 el Tribunal Oral Federal de Mar del Plata –compuesto por los jueces Luis Imas, Víctor Bianco y Alfredo Ruiz Paz- condenó a prisión perpetua Otero por los delitos de “homicidio calificado por el concurso premeditado de dos o más personas” –que tuvo como víctimas a Enrique Elizagaray, Guillermo Enrique Videla, Jorge Enrique Videla, Jorge Lisandro Videla y Bernardo Alberto Goldemberg; Daniel Gasparri y Jorge Stoppani y de “privación ilegítima de la libertad agravada por mediar violencia y homicidio calificado por el concurso premeditado de dos o más personas” –respecto al caso de María del Carmen Maggi-.
Posteriormente, la defensa de Otero solicitó la unificación de esa sentencia con otra, emitida por el Juzgado Federal de San Juan en 1982, y a su vez peticionó la excarcelación en términos de libertad condicional, pero el Tribunal de Mar del Plata no hizo lugar a los planteos por lo que la queja llegó a la sala II de de la Cámara de Casación.
En ese marco, los jueces dispusieron anular la decisión y remitir las actuaciones nuevamente al Tribunal de Mar del Plata para que dicte un nuevo pronunciamiento. Así fue que el Tribunal resolvió unificar las sentencias condenatorias e imponerle a Otero la pena única de reclusión perpetua, declarar la reincidencia del imputado y fijar el límite temporal en 37 años y 6 meses.